SAT

Regreso a clases: estos son los gastos escolares que puedes hacer deducibles ante el SAT

El SAT recomienda a los contribuyentes revisar las facturas y corroborar que contenga el complemento de datos que incluye el nombre y la CURP del alumno, su nivel escolar y Clave de Reconocimiento de validez oficial.
martes, 13 de agosto de 2024 · 19:35

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) autoriza deducir ciertos gastos de educación, éstos se consideran parte de las deducciones personales, los cuales no pueden ser mayor a cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de los ingresos.

Los gastos educativos que entran en este rubro son: el transporte escolar sólo si es obligatorio, y el pago de las colegiaturas de instituciones privadas de los niveles preescolar, primaria, secundaria y educación media superior pertenecientes a la Secretaría de Educación Pública (SEP).

CANTIDADES

Los montos de dichas colegiaturas no deberán exceder las siguientes cantidades:

  • Preescolar: 14 mil 200 pesos.
  • Primaria: 12 mil 900 pesos.
  • Secundaria: 19 mil 900 pesos.
  • Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.

Estos deducibles aplican para los pagos realizados para el contribuyente o cónyuge, concubino (a), familiares ascendientes o descendientes en línea recta siempre que no perciban ingresos mayores a la UMA anual equivalente a 32 mil 693 pesos.

Los pagos para deducir deben cubrir única y exclusivamente la educación del alumno, el pago deberá efectuarse por cheque, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito y servicios.

En caso de tener dos niveles escolares en un mismo año, es decir, cuando el alumno avance de preescolar a primaria, primaria a secundaria, secundaria a bachillerato, el gasto mayor es el que se podrá deducir.

El SAT recomienda a los contribuyentes revisar las facturas y corroborar que contenga el complemento de datos que incluye el nombre y la CURP del alumno, su nivel escolar y Clave de Reconocimiento de validez oficial.

El campo “Uso de CFDI” sea por pagos por servicios educativos.

Para declarar como deducible las colegiaturas es necesario que los padres de familia cuenten con el comprobante de pago correspondiente. Es importante aclarar que las cuotas por inscripción o reinscripción no son deducibles.

Las deducciones personales son los gastos que como contribuyente tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.

Comentarios