Secretaría de Hacienda
SAT amplía horarios para la Declaración Anual; estos son los días y requisitos
El Servicio de Administración Tributaria recordó que el último día para presentar la Declaración Anual 2023 de personas morales es el 1 de abril, y que Jueves y Viernes Santo son inhábiles.CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).— El Servicio de Administración Tributaria anunció la ampliación de los horarios de atención con el fin de que las personas morales puedan cumplir con el requisito de presentar su declaración anual.
La dependencia recordó que los días 28 y 29 (Jueves y Viernes Santo) son inhábiles, por lo que, para cualquier duda o aclaración, recomendó acercarse a los módulos de atención.
El horario de atención en las oficinas del SAT se ampliará de 8:30 a 18:00 horas durante los días 25, 26 y 27 de marzo, así como el 1 de abril de 2024, informó la autoridad hacendaria.
Presenta tu Declaración Anual 2023 de personas morales.
— SATMX (@SATMX) March 22, 2024
En caso de requerir atención presencial, toma en cuenta que del 22 al 27 de marzo y 1 de abril se amplía el horario en las oficinas del SAT de 8:30 a 18:00 horas.
Registra tu cita en https://t.co/HtlAkjaD9d#Declara2023 pic.twitter.com/Lwo2s5wdA7
“Esta medida tiene como objetivo que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con esta obligación fiscal, cuyo último día para presentarla es el 1 de abril de 2024”, remarcó.
Requisitos
Para presentar la Declaración Anual 2023 de personas morales, es necesario contar con:
- RFC y e.firma
- Información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros.
- Un servicio de banca electrónica para hacer transferencias electrónicas.
Presenta tu Declaración Anual 2023 de personas morales. Tienes hasta el 1 de abril.
Toma en cuenta las actualizaciones y mejoras para presentarla.
Para más información, visita https://t.co/F4ggm3YzPD pic.twitter.com/9KUehyn9Pj — SATMX (@SATMX) March 23, 2024
El SAT indicó que es recomendable estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del ISR de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos, “toda vez que la información la encuentras precargada en la declaración anual”.
Finalmente la autoridad tributaria recordó que realizó modificaciones en el sistema para facilitar el cumplimiento de esta obligación para personas morales, las cuales pueden consultarse en el minisitio: http://omawww.sat.gob.mx/DAPM2023/Paginas/index.html