Afores
Este es el tope máximo de comisión que pueden cobrar las Afores avalado por la SCJN
Por mayoría de cuatro votos, la Sala aprobó el proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa para declarar constitucional dicho porcentaje impuesto por el Congreso de la Unión de 2020 a propuesta del Gobierno federal.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el tope máximo del 0.57% de la comisión que pueden cobrar las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) a los trabajadores por administrar el dinero que ahorran para retirarse.
Por mayoría de cuatro votos, la Sala aprobó el proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa para declarar constitucional dicho porcentaje impuesto por el Congreso de la Unión de 2020 a propuesta del Gobierno federal.
En consecuencia, la Sala negó el amparo solicitado por Afore Sura y declaró que dicho tope fue fijado en beneficio y protección de los trabajadores.
“Los cargos que las AFORES cobraban a los trabajadores por concepto de comisiones seguían siendo superiores a los observados en productos financieros equiparables, tanto en México como en otros países, circunstancia que incidía negativamente en los trabajadores. Esto es, en ejercicio del mandato constitucional de defender los derechos de los trabajadores, fue que el legislador decidió intervenir para modificar el esquema financiero de la forma que consideró más conveniente para lograr dicho objetivo”, señaló la Corte.