Conade

Mónica Torres exige incluir a medallistas de deportes de exhibición en decreto de beca vitalicia

La taekwondista, bronce en Seúl 88 y Barcelona 92, advierte que de no lograr el reconocimiento interpondrán un juicio de amparo en contra de la Comisión del Deporte de la Cámara de Diputados.
lunes, 8 de abril de 2024 · 23:54

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La taekwondista Mónica Torres, medallista de bronce en los Juegos Olímpicos de Seúl 88 y Barcelona 92, dice que, debido a la exclusión que sufrieron los medallistas de exhibición en el decreto presidencial para recibir una beca vitalicia, exigen que el reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte sea modificado y se les incluya.

De lo contrario, dijo, interpondrán un juicio de amparo en contra de la Comisión del Deporte de la Cámara de Diputados.

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el lunes 1 de abril reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del reglamento de dicha ley para el pago de las becas vitalicias que mensualmente reciben los 212 medallistas olímpicos y paralímpicos mexicanos.

No obstante, entre los cambios al reglamento se olvidaron de los deportes de exhibición; esta omisión debe ser resarcida o la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) estará impedida a cumplir con los pagos.

“Lo que está pasando con esta reforma y este ámbito legislativo es que estamos siendo objeto de una discriminación, quiero comentar en representación de mis compañeros que se nos está transgrediendo (...) lo que queremos es que nuestra solicitud entre al cuerpo de la ley y se modifique, y si no, nos vamos con un amparo.

“Esperamos no tener que llegar a eso, la verdad es que no quiero adelantarme, pero que quede claro que ni siquiera nos están llamando ‘medallistas’, en el transitorio que pusieron somos ‘los sin nombre’”, dice Torres.

En el decreto se agregó como un transitorio que las “personas deportistas” que gozan del reconocimiento económico vitalicio serán respetadas por la Conade, en ese apartado se estaría incluyendo temporalmente a los 46 medallistas, pero sin darles ningún tipo de certeza para el futuro. 

Por su parte la Conade publicó el viernes último un comunicado sin fecha ni firma, donde garantiza el pago mensual para todos los deportistas, incluidos los de exhibición.

Sin embargo, al otorgar las becas vitalicias sin estar en el marco de la ley y por consecuencia no previstas en su presupuesto anual, la dependencia viola sus propias Reglas de Operación.

Asimismo, Mónica Torres y Enrique Torroella explican que el sentimiento de incertidumbre y discriminación lo comparten los 46 medallistas que ganaron en deportes de exhibición de los Juegos Olímpicos de México 68 (pelota vasca y frontenis), Seúl 88 y Barcelona 92 (taekwondo), quienes reciben montos mensuales de 6 mil 500, 5 mil 750 y 5 mil pesos.

Aseguran que su lucha por aparecer en la ley no es por dinero, sino que buscan un reconocimiento social que merecen por sus logros obtenidos representando a México.

“Yo percibo cinco mil pesos como medallista olímpico de bronce, no es despreciable, pero considero que tampoco es equivalente al esfuerzo y a la importancia que se tiene. Yo no tengo una casa, así que pago una renta de 11 mil pesos, con la beca me alcanza para pagar casi el 50% de mi renta, eso es todo.

“Como deportista olímpico que soy, me siento incomprendido, poco valorado, me siento olvidado y abandonado por mi país. Yo representé a México y ahora estamos en esta situación de incertidumbre y con el riesgo que nos quiten ese apoyo, es muy triste”, dice Torroella.

Derecho de réplica 

Lic. Jorge Carrasco Araizaga,

Director General de la Revista Proceso,

Presente.

Por este medio, me dirijo a usted para solicitar mi Derecho de  Réplica ya que en la entrevista publicada el día de ayer 9 de abril, se ha omitido la argumentación jurídica que expuse en la entrevista realizada por la C. Karla Cabral, y que es necesaria para ubicar al público y a las autoridades toda vez que no se trata de una postura  personal, si no de los méritos que ya se encuentran en la Ley y que la propia Ley exige cumplirlos.

La exigencia se da en mérito de la legalidad, es decir, que así lo exige la Ley,  ya que el Artículo 4º Constitucional establece como un derecho humano, dentro del capítulo de los derechos humanos, el Derecho a la Cultura Física y el Deporte estructurado en la práctica, fomento y estímulo.

En ese sentido, así lo reconoce como Derecho Constitucional el Artículo 3º  fracc I de la le General de Cultura Física y Deporte; ese mismo Artículo en su fracción. VI, que para el desarrollo de la cultura física y la práctica del deporte, es indispensable una infraestructura adecuada  y la generación de sistemas de financiamiento y administración eficientes y estables,  (no temporales, no como lo pretende el Artículo 3º transitorio del Decreto de Reforma al Reglamento de la Ley, recientemente publicado el 1º de abril del presente año) que permitan desarrollar políticas y programas que contribuyan al objetivo común de hacer de la cultura física y el deporte un derecho de todos.

De igual forma el Artículo. 115 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, señala que las  personas físicas o morales que hubieren contribuido al desarrollo de la cultura física y el deporte nacional, podrán obtener reconocimiento por parte de la CONADE, entre ellos el estímulo en dinero, cumpliendo con los requisitos que se establecen.

El Artículo 116 de la referida Ley, señala que los estímulos deben ser con cargo al presupuesto autorizado de la CONADE; el mismo Artículo señala que para el otorgamiento de los estímulos debe considerarse el rendimiento de deportistas en competencias oficiales.

El Gobierno Federal en su momento, nos otorgó la representación oficial de nuestro país para representar a México en los Juegos Olímpicos, en mi caso fueron 2 ocasiones (1988 y 1992) por parte de los titulares del poder ejecutivo federal en ese momento. Por otro lado, para poder ser parte de la selección mexicana de Taekwondo me sometí a procesos oficiales nacionales selectivos de alta competencia, para poder tener esa representación oficial, reconocidos por la CONADE, Confederación Deportiva Mexicana, y por la Federación Mexicana de Taekwondo.

Abundando, nuestra representación fue oficial, porque fuimos representando a nuestro país y a los mexicanos, no llevamos una representación como personas físicas, desvinculadas del interés público y nacional.

El hecho de que, desde hace casi 3 décadas se nos venga discriminando, monetizando nuestra dignidad humana y como mexicanos al clasificarnos como mexicanos oro, plata o bronce ya que la Constitución federal prohíbe la exclusión y discriminación en su artículo 1º constitucional último párrafo. Por las condiciones que ahí se señalan u otras que atenten contra la dignidad humana y  tenga por objeto anular los derechos de las personas; en ese sentido lo reconoce y garantiza el Artículo 2º  de la Ley General de Cultura Física y Deporte, al señalar que se debe garantizar a todas las personas sin distinción la igualdad jurídica y de oportunidades en los programas (de estímulos) en materia de cultura física y deporte.

En mérito de lo anterior ,demostramos que esa es la exigencia legal. Que no debe quedar a la potestad, gracia o concesión de un servidor público en turno, sino  que debe darse la certeza legal del correcto cumplimiento de los mandatos legales para evitar la incertidumbre y estado de indefensión en los siguientes períodos de la administración de la CONADE, en su carácter de autoridad responsable.

Finalmente, debo señalar que es lamentable que intente dársele peso y valor a criterios de clasificación deportiva del Comité Olímpico Internacional, que se trata de una persona moral internacional, de derecho privado por sobre la jerarquía de nuestro sistema jurídico nacional; si la Ley General de Cultura Física y Deporte, no lo hace, es difícil entender por qué desde un Reglamento de carácter administrativo o un “atento aviso” sin fecha, sin nombre y sin firma de funcionario alguno, que son elementos de validez y formalidad de un acto administrativo, publicado en la página de la CONADE, se rebasan las bases de la Ley General y se cuantifique la dignidad de las personas utilizando los criterios del Comité Olímpico Internacional, todos los medallista olímpicos, cumplimos los requisitos de la representación oficial de México y de haber contribuido al Desarrollo del Deporte en nuestro país.

 No debe haber mexicanos de primera, segunda o tercera, el deporte no es una mercancía en las justas olímpicas, queremos igualdad y certeza jurídica, no merecemos menos.

Agradezco su atención y la reproducción puntual de esta réplica que fue necesaria ya que se omitió la parte de argumentación jurídica.

Atentamente

Dra. Mónica Torres Amarillas

Bimedallista Olímpica

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