Elección judicial

Tribunal Electoral rescata a otros 12 candidatos al Poder Judicial que el INE declaró inelegibles

El TEPJF ordena entregar constancias de mayoría a aspirantes que no se titularon con el promedio requerido
miércoles, 6 de agosto de 2025 · 20:23

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rescató hoy a otros 12 candidatos de la elección judicial del pasado 1º de junio a los que el Instituto Nacional Electoral (INE) había declarado inelegibles después de determinar que no se habían titulado con un promedio de 9 en las materias afines a su especialidad.

A raíz de esta decisión, el TEPJF ordenó al INE entregar a estos 12 candidatos sus constancias de mayoría.

Después de las elecciones judiciales, el Consejo General del INE había declarado inelegibles a 45 candidatos electos y dejado vacantes los cargos por los que compitieron.

Al igual que durante la sesión de la semana pasada, en la que la Sala Superior rescató a 15 candidatos declarados inelegibles por el INE, los magistrados se dividieron en torno al caso de los promedios: el bloque mayoritario, encabezado por la presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que el INE había sobrepasado sus atribuciones al revisar que los candidatos cumplieron con el requisito del promedio de 9, mientras que los dos magistrados minoritarios consideraron que el organismo autónomo tenía estas facultades.

Según Soto y los dos magistrados afines –Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña–, el cálculo del promedio de 9 recaía en los comités de selección, integrados por los tres poderes de la Unión para designar a los aspirantes que podían competir en las elecciones judiciales.

“Es importante aclarar que en los presentes asuntos no se está analizando si las personas que fueron declaradas inelegibles obtuvieron o no un promedio de 9 en las materias de especialidad del cargo al que aspiraron; sino que la controversia se limita a definir si el INE incurrió en un exceso de atribuciones al sustituir de manera unilateral la determinación de un órgano técnico facultado constitucionalmente para evaluar la idoneidad de las personas aspirantes a ser candidatas a los cargos judiciales”, resaltó Soto.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón estimó por su parte que el INE tenía la facultad de revisar el cumplimiento del promedio, para lo cual podía elaborar una metodología propia.

La magistrada Janine Otálora Malassis, por su parte, coincidió en que el INE podía verificar el cumplimiento, pero apegándose a las metodologías aplicadas por los comités de selección, por lo que proponía devolver los expedientes al organismo autónomo para que realizara de nuevo el proceso de evaluación.

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