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SCJN revisará de nuevo crédito fiscal de FEMSA y alega que no es “cosa juzgada”
Con el caso FEMSA la Corte podría abrir una nueva vía para intervenir en litigios fiscales multimillonarios en razón del monto en litigio, sin importar si implican o no un análisis de constitucionalidad. El máximo tribunal modificó su decisión a petición de la ministra Lenia BatresCIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) afirmó que la revisión que realizará sobre el crédito fiscal de FEMSA por 2 mil 868 millones de pesos no vulnera el principio de cosa juzgada.
Este fin de semana se dio a conocer que la Corte atrajo la revisión del adeudo a pesar de que el pasado 8 de noviembre había rechazado, con ocho votos contra uno, analizar el mismo asunto cuya atracción fue planteada por el Vigésimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa.
Para el 13 de noviembre, con seis votos a favor, la Corte modificó su decisión a petición de la ministra Lenia Batres y atrajo el expediente 320/2024 del Vigésimo Tribunal Colegiado.
A través de un comunicado, la Corte explicó cómo funciona el mecanismo de las Solicitudes de Ejercicio de la Facultad de Atracción (SEFA) a través del cual puede intervenir en casos que involucren temas de constitucionalidad, trascendencia jurídica o impacto en los derechos humanos.
El Máximo Tribunal afirmó que el desechamiento inicial de una SEFA no impide que otra persona, legalmente facultada para hacerlo, presente una nueva solicitud porque, indicó, “la primera no constituye cosa juzgada”.
“La presentación subsecuente de una solicitud y su análisis por el Pleno forman parte de procedimientos ordinarios, previstos en la normativa interna”, detalló.
Por ello, justificó la validez de la atracción realizada del caso a petición de la ministra Batres Guadarrama al precisar que, con ella, no está emitiendo un pronunciamiento sobre el fondo del litigio.
“Su alcance se limita exclusivamente a definir si un asunto debe ser conocido por la SCJN, sin que ello genere efectos definitivos, ni tampoco implica una revisión de la ‘cosa juzgada’”, insistió.
“En todos los casos, la Corte ha actuado en estricto cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales. Estos mecanismos son ordinarios, están regulados, cuentan con precedentes y no generan efectos definitivos sobre los litigios involucrados”.
Con la revisión del caso FEMSA la Corte podría modificar un criterio, hasta ahora vigente, que establece que el monto en litigio no es motivo suficiente para justificar la atracción de casos, pues se deben cumplir los otros requisitos establecidos por la ley.
Es decir, con el caso FEMSA la Corte podría abrir una nueva vía para intervenir en litigios fiscales multimillonarios, en razón del monto en litigio, sin importar si implican o no un análisis de constitucionalidad.