abuso sexual infantil
Delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes ya no prescribirán en la CDMX
Aproximadamente 22 entidades federativas ya han reformado sus códigos penales locales para decretar la imprescriptibilidad de delitos como la violación, el abuso sexual o la pornografía infantil cuando la víctima es menor de edad.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas al Código Penal local para que los delitos de violación, abuso sexual y pornografía infantil ya no prescriban y se puedan denunciar sin importar los años que hayan transcurrido desde que se cometieron.
Al defender las reformas a los artículos 108 y 111, la diputada América Alejandra Rangel Lorenzana señaló que en México se registran casi 10 mil casos anuales de abuso sexual infantil. “Sin embargo, sabemos que esta cifra es sólo la punta del iceberg. Miles de víctimas callan por miedo, vergüenza o manipulación de sus agresores”, lamentó.
En México, desde el 25 de junio del 2025 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no hay un plazo máximo para denunciar el abuso sexual infantil en el país.
El precedente sucedió cuando se confirmó por unanimidad la condena contra el productor mexicano Luis de Llano por abuso sexual en perjuicio de la cantante Sasha Sokol, exintegrante del grupo musical Timbiriche. Sokol denunció abuso por una relación que sostuvo con De Llano mientras fue su representante artístico, cuando ella tenía 14 años y el 39.
"A los 14 años no tuve herramientas para comprender lo que me estaba pasando, mucho menos para defenderme. El abuso de Luis también sucedió al manipular la verdad con declaraciones falsas como que mis papás estaban de acuerdo, o incluso mintiendo ante el juzgado al declarar que la relación no había existido más que ‘en la mente de una niña fantasiosa'", expresó la artista en sus redes sociales.
El proyecto reconoció que la prescripción del delito funciona como una sanción para la víctima, ya que no toma en cuenta las secuelas graves que los abusos generan y el tiempo que puede tomar procesarlas.
Casi un año después de este precedente, las y los legisladores de la Ciudad de México aprobaron modificaciones al Código Penal local que se ajusten a este criterio.
“¿Cómo podemos aceptar que un violador quede libre sólo porque su víctima, entonces una niña, tardó 20 años en romper el silencio?”, subrayó la legisladora panista.
Entre los cambios también se modificó el termino de “menores” al considerarse que “encasilla a la niñez en una visión tutelar, una relación de jerarquía que los asume inferiores frente al mundo de los adultos”, y en cambio, que al nombrarlos niñas, niños y adolescentes se rectifica su autonomía.
La diputada América Rangel también aseveró que, con la aprobación, el Congreso capitalino manda un mensaje contundente a quienes cometen delitos sexuales.
“No habrá refugio en el tiempo para quien violente a una niña, a un niño o a un adolescente. Las heridas del abuso no caducan en el alma de una víctima. Por tanto, la capacidad del Estado para perseguir y castigar este delito tampoco debe caducar”, sentenció.
Aproximadamente 22 entidades federativas ya han reformado sus códigos penales locales para decretar la imprescriptibilidad de delitos como la violación, el abuso sexual o la pornografía infantil cuando la víctima es menor de edad.
Entre los estados que ya han aprobado reformas en este sentido se encuentran: Ciudad de México, Sonora, San Luis Potosí, Nayarit, Yucatán, Coahuila, Quintana Roo, Oaxaca, Puebla, Nuevo León, Veracruz, Baja California, Tamaulipas, Morelos y Querétaro.
Aún faltan al menos 10 entidades federativas por armonizar sus leyes con este criterio. No obstante, tras la resolución de la SCJN en el caso de Sasha Sokol, ningún juez penal puede desechar un caso de abuso sexual infantil bajo el argumento de que el delito ya prescribió, incluso si el código local de ese estado no ha sido actualizado.