Brugada
Iniciativa de Brugada sobre extorsión llega al Congreso de la CDMX
El proyecto establece que las penas por hostigamiento coercitivo podrán incrementarse hasta en una mitad cuando se utilicen armas o instrumentos peligrosos, participen personas menores de edad o la víctima sea una persona adulta mayor, con discapacidad, niña, niño, adolescente o mujer embarazada.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El secretario de Gobierno, César Cravioto, entregó al Congreso de la Ciudad de México la iniciativa de la jefa de Gobierno, Clara Brugada, para reformar el Código Penal local en materia de extorsión, la cual propone desmontar parte de la reforma aprobada en diciembre de 2024 para alinearse al marco federal e incorporar un nuevo tipo penal: hostigamiento coercitivo.
La propuesta será turnada a comisiones para su análisis y plantea derogar el artículo 148 Quáter, así como eliminar el esquema de incremento de penas y las agravantes aprobadas por el Congreso local en diciembre de 2024, con el argumento de armonizar la legislación con la Ley General en materia de extorsión publicada el 25 de noviembre de 2025.
En ese contexto, la iniciativa mantiene el delito de extorsión bajo los criterios federales —que requieren la existencia de un resultado material, como la obtención de un beneficio— y, de manera complementaria, incorpora el delito de “hostigamiento coercitivo”.
Este nuevo tipo penal busca sancionar conductas que no alcanzan a configurarse como extorsión, como actos de amenaza o presión que no se consuman, pero que impliquen obligar a una persona a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar alguna conducta mediante violencia física o moral.
Para estos casos se contemplan penas de tres a siete años de prisión y multas de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
De acuerdo con la exposición de motivos, la legislación vigente limita la actuación de las autoridades, ya que exige que la extorsión produzca un daño o beneficio concreto, lo que deja fuera conductas intimidatorias que, aunque no se consuman, afectan la seguridad y la tranquilidad de las personas.
“La propuesta que se plantea tiene como fin garantizar que, aun en los casos en que las conductas delictivas no encuadran en el tipo penal de extorsión, la ley prevea una sanción para esas conductas”, señala el documento.
El proyecto establece que las penas por hostigamiento coercitivo podrán incrementarse hasta en una mitad cuando se utilicen armas o instrumentos peligrosos, participen personas menores de edad o la víctima sea una persona adulta mayor, con discapacidad, niña, niño, adolescente o mujer embarazada.
También se considera agravante el uso de imágenes, mensajes, audios o videos de contenido íntimo, reales o simulados, como mecanismo de presión, así como los casos en que el delito sea cometido por servidores públicos en ejercicio de sus funciones o con el propósito de impedir denuncias o procesos judiciales o administrativos, o cuando se realice desde centros de reclusión.
Además, la iniciativa reforma el artículo 148 Quinquies para sancionar la cobranza ilegítima cuando exista violencia física o moral, e incorpora esta conducta como parte del rediseño del marco penal en materia de extorsión.
El proyecto también plantea duplicar las penas en delitos contra la intimidad sexual cuando, mediante violencia, se obligue a la víctima a realizar u omitir conductas con el propósito de obtener un beneficio.
Asimismo, propone incorporar tanto la extorsión como el nuevo delito de hostigamiento coercitivo al catálogo de delitos graves, lo que implicaría cambios en su tratamiento procesal.
En la exposición de motivos se advierte que el desarrollo tecnológico, el acceso a servicios financieros y el uso de telecomunicaciones han facilitado nuevas modalidades de extorsión, como la suplantación de identidad o la manipulación de comunicaciones, lo que ha evidenciado vacíos en la legislación vigente.
El proyecto será presentado ante el Pleno del Congreso de la Ciudad de México en sesión ordinaria, donde iniciará su discusión legislativa.