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Gobierno de la CDMX busca endurecer penas por despojo; podrían alcanzar hasta 22 años en prisión

“Tienen que ver con ampliar la definición de este delito de despojo; así como establecer agravantes importantes, cuando participen servidores públicos, notarios, corredores o autoridades auxiliares”, explicó la jefa de Gobierno capitalino.
martes, 29 de julio de 2025 · 18:56

CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- El gabinete de la jefa de Gobierno, Clara Brugada, en coordinación con la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), presentará un conjunto de iniciativas al Congreso capitalino, para reformar diversas leyes y fortalecer las penas contra los responsables del delito de despojo.  

Este martes 29 de julio, la morenista anunció que con las reformas que promoverá se buscará que las penas establecidas por despojo alcancen de 11 a 22 años de prisión, sin derecho a fianza. Y agregó:  

“Tienen que ver con ampliar la definición de este delito de despojo; así como establecer agravantes importantes, cuando participen servidores públicos, notarios, corredores o autoridades auxiliares”.  

En conferencia, también dijo que se incrementarán las penas a quienes operen este delito en zonas de conservación ecológica o con valor histórico y patrimonial.  

Brugada estuvo acompañada de la fiscal general de la CDMX, Bertha María Alcalde Luján, quien explicó que, en coordinación con el Gabinete, el organismo hizo un análisis de cuáles son las conductas que se deberían de incluir en los tipos penales específicos, en el Código Penal junto con la Consejería Jurídica.  

Para lo anterior, precisó que proponen lo siguiente: 

  • Una reforma al artículo 237 del Código Penal de la Ciudad de México, en donde fortalezcan las penas. La propuesta es que este delito, en su tipo base, se castigue de 6 a 11 años de prisión, y en el caso de las agravantes; es decir, cuando haya violencia, cuando haya actos simulados, este delito se pueda castigar de 12 a 22 años de prisión. 
  • Que se agregue en el artículo 237 la posibilidad de que la ocupación del inmueble sea a través de daños al inmueble, por ejemplo, forzar una cerradura, romper ventanas, o, a través de la simulación de actos.
  • Que se contemplen casos en los que se impida, materialmente, el disfrute del uso del inmueble como tal.
  • Se incluyen nuevas agravantes del delito como el despojo por simulación de actos legales; así como casos con la participación de servidores públicos, notarios o personas que simulan tener un cargo público; cuando sea contra bienes público o áreas protegidas y de patrimonio histórico; cuando se ejecuta contra víctimas vulnerables como menores de edad, embarazadas y pueblos indígenas, además de despojos con fines de lucro.
  • Contempla casos de despojo en donde se da la simulación de actos jurídicos, en este caso la fiscal detalló: “Por ejemplo, en el que se simule una compra-venta entre dos personas, se va ante un notario, no nada más de la Ciudad de México, algún notario en otra entidad federativa, y el notario escritura a partir de un contrato privado de compra-venta. Con esta escritura, se registra en el Registro Público, y es como después se solicita el desalojo a través de este acto jurídico simulado”.
  • Plantea un nuevo apartado en el Artículo 238 Bis, para proponer un delito equiparado entre el despojo y la ilegítima posesión del inmueble, si el ocupante de este no lo restituye, a pesar de ser requerido por quien tenga derecho, o no lo entregue a la autoridad, para que esta disponga del mismo, conforme a la Ley.
  • También propone equiparar el delito de despojo para quien, valiéndose de un cargo público, de su calidad de notario, de cualquier agrupación de carácter sindical o social, participe en el despojo u obtenga cualquier beneficio.

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