SCJN

Lorenzo Córdova gana amparo a la SEP para que lo borren de los libros de textos gratuitos

La Suprema Corte amparó al exconsejero presidente del INE, quien fue señalado como autor de actos discriminatorios en los libros para sexto de primaria
miércoles, 6 de agosto de 2025 · 16:48

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó al exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello para que la Secretaría de Educación Pública (SEP) reedite uno de los libros de texto gratuito para sexto de primaria.

Por mayoría de tres votos de los ministros Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Javier Laynez Potisek, la Segunda Sala de la Corte, en su última sesión, avaló el proyecto presentado por este último en el que ordenó la suspensión de la distribución del libro de texto gratuito “Proyectos Comunitarios” para sexto de primaria.

Ello, para que la SEP elimine un pasaje en el que Córdova es señalado como autor de actos discriminatorios hacia comunidades indígenas basado en un audio difundido en el año 2015.

En la sesión, las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres, futuras integrantes de la nueva SCJN, sostuvieron sus votos en contra de amparar al expresidente del INE argumentando la defensa del derecho a la información y la educación de las niñas y los niños.

El libro fue avalado por la SEP en el año 2023 y en él se incluye en la página 246 una referencia explícita al entonces consejero presidente del INE como responsable de emitir comentarios discriminatorios hacia comunidades indígenas debido a un audio que circuló en el año 2015 en el que se le escucha burlarse del modo de hablar de un líder indígena.

En agosto de 2023 Córdiva Vianello impugnó el contenido a través de un amparo argumentando que este transgredía sus derechos al honor, la reputación, la presunción de inocencia y la dignidad, además de que afectaba el derecho a una educación objetiva para las y los niños.

Inicialmente una juez de Distrito le concedió el amparo para que la SEP elimine el pasaje en futuras ediciones físicas y versiones digitales.

La SEP presentó recurso de revisión que fue el que llegó a la SCJN que este miércoles resolvió que, efectivamente, el contenido causa una afectación al honor y la reputación del exfuncionario.

“Esta Segunda Sala considera que resultan fundados los argumentos del quejoso a través de los cuales plantea que el acto reclamado transgrede su derecho al honor y reputación debido a que modifica la opinión, idea o concepto que la gente tiene sobre dicha persona, ya que sólo muestra una parte de los hechos que dieron su origen y demerita las cualidades morales y profesionales que ha demostrado a lo largo de su carrera académica y profesional”, indica el fallo aprobado por mayoría de votos.

Comentarios