AIFA

Este es el Artículo 11 que el gobierno de Trump invoca para castigar el traslado de vuelos al AIFA

El gobierno de Estados Unidos acusa al de México de imponer medidas unilaterales y actuar con “desprecio” a un tratado firmado en 2015. El gobierno mexicano alega razones operativas, pero EU rechaza su justificación por falta de pruebas.
viernes, 25 de julio de 2025 · 05:00

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).– Contrario a lo expuesto por el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum, sobre que la reubicación de operaciones del Aeropuerto Internacional Benito Juárez (AICM) al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) no es una medida arbitraria ni motivada políticamente, documentos oficiales constatan de que esa distribución de vuelos sí viola el Acuerdo Bilateral de Transporte Aéreo firmado en 2015.

Proceso pudo corroborar que las motivaciones del gobierno de Estados Unidos respecto de tomar medidas por la reubicación de operaciones de carga al AIFA están basadas en que México no respetó el “Artículo 11 Competencia Leal” del acuerdo bilateral.

Ese es el punto jurídico que fundamenta la acusación, y que está usando la administración de Donald Trump para calificar las acciones del gobierno mexicano como “un evidente desprecio” a lo pactado en materia de libre competencia y acceso igualitario al mercado aéreo.

Este fin de semana, la administración Trump acusó formalmente a México de violar el Acuerdo Bilateral de Transporte Aéreo al haber ordenado el traslado de las operaciones de carga. 

Firmado por el entonces secretario de Comunicaciones y Transportes de México, Gerardo Ruiz Esparza, durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, y por el secretario de Transporte de Estados Unidos, Anthony R. Foxx, bajo la administración de Barack Obama, el tratado prohíbe que cualquiera de las dos naciones imponga restricciones unilaterales a las aerolíneas que operan servicios autorizados. 

Trump. Molestia con cambio de vuelos al AIFA. Foto AP/Alex Brandon, Archivo 

Esta garantía está en el Artículo 11, titulado “Competencia Leal”, que obliga a ambos países a respetar condiciones equitativas en la oferta de transporte aéreo internacional.

El texto estipula que las decisiones sobre frecuencia y capacidad de los vuelos deben responder únicamente a condiciones del mercado, y no a disposiciones gubernamentales discrecionales.

Cada parte concederá oportunidades justas e iguales a las líneas aéreas de las dos partes –se lee en dicho artículo– para que compitan en el suministro del transporte aéreo internacional regulado por este Acuerdo.

El mismo apartado establece con claridad que ninguna parte limitará unilateralmente el volumen de tráfico, la frecuencia, la regularidad del servicio o el tipo de aeronaves utilizadas por las aerolíneas. 

También prohíbe expresamente cualquier intento de imponer derechos de preferencia, relaciones de equilibrio o autorizaciones sujetas a condiciones no pactadas.

Asimismo el tratado limita el margen de los gobiernos para exigir itinerarios, planes operativos o programas de vuelo a las aerolíneas de la contraparte. Sólo pueden requerirse bajo condiciones no discriminatorias, y su tramitación debe implicar la mínima carga administrativa posible.

“Si una parte requiere la presentación de tales itinerarios, programas o planes para fines informativos, deberá minimizar la carga administrativa de los requisitos para su presentación y procedimientos a los intermediarios del transporte aéreo y las líneas aéreas de la otra parte”, establece el texto.

Sheinbaum. La medida "no fue arbitraria". Foto: Miguel Dimayuga 

Una fuente del gobierno estadunidense explicó a Proceso que, en su defensa, México también ha invocado el Artículo 11 del acuerdo bilateral para argumentar que existen excepciones válidas, como aquellas relacionadas con razones aduaneras, técnicas, operativas o ambientales. 

Sin embargo, reconoció que es precisamente este artículo el que se ha convertido en el meollo del conflicto.

“México incurrió en violaciones en temas de carga y pasajeros. El acuerdo es de 2015. No hay mucho espacio de interpretación”, asegura a Proceso el consultor en comercio Jorge Molina.

De acuerdo con el actual secretario de Transporte de Estados Unidos, Sean P. Duffy, el gobierno mexicano ha demostrado un “evidente desprecio” por los compromisos asumidos en el acuerdo, y ha actuado con una conducta “sistemáticamente anticompetitiva”.

Desde 2022 México ha incumplido dicho acuerdo bilateral al revocar de forma abrupta franjas horarias (slots) y forzar a las aerolíneas de carga estadunidenses a reubicar sus operaciones.

La posición del gobierno mexicano ha sido que la decisión de sacar la carga del AICM fue tomada para reducir la saturación de operaciones y facilitar obras de infraestructura. No obstante, el funcionario estadunidense cuestionó esa justificación al señalar que la infraestructura prometida no se ha materializado ni se han presentado fundamentos técnicos verificables.

“Esa infraestructura prometida no se ha materializado tres años después”, dijo Duffy.

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