Libertad de expresión

Periodistas bajo acoso: en Veracruz usan ley de violencia de género para censurar medios críticos

Autoridades usan la figura “violencia política en razón de género” para censurar a 9 periodistas y 22 medios locales. El caso más grave involucra a 5 reporteros por notas desde 2021, donde se mencionó la liga familiar entre Mara Chama (excandidata del PVEM en Teocelo) y su padre, entonces alcalde.
lunes, 14 de julio de 2025 · 05:00

XALAPA, Ver., (Proceso).– La figura de violencia política en razón de género está siendo utilizada en Veracruz como herramienta jurídica para sancionar y silenciar a periodistas y medios generando preocupación entre organizaciones defensoras de la libertad de expresión como Artículo 19, el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) y la Comisión Estatal para la Atención y Protección a Periodistas (CEAPP).

En los últimos meses al menos nueve periodistas han sido sancionados y enfrentan medidas como multas de hasta 10 mil pesos, el retiro de contenidos, disculpas públicas y la inscripción en registros de personas sancionadas. 

También se han emitido sanciones contra otros 22 medios y una académica que emitieron opinión crítica sobre la sentencia. 

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)emitió la sanción más severa al resolver que cinco periodistas de diversos medios cometieron violencia política de género contra la excandidata a la presidencia municipal de Teocelo, Mara Yamileth Chama Villa, basándose en contenidos publicados desde 2021.

Aunque algunas publicaciones sólo mencionaban el parentesco con su padre –entonces alcalde de Teocelo–, todos fueron sancionados por igual, sin distinguir contexto ni tono.

En mayo de 2024 Chama Villa era candidata plurinominal a la diputación federal por el PVEM y presentó una queja para señalar que desde su participación en el proceso electoral ordinario 2020-2021 –en que fue candidata a la presidenta municipal– hasta el pasado proceso electoral federal 2023-2024 sufrió violencia política en razón de género por la publicación de notas periodísticas. 

La Sala Regional Especializada del TEPJF resolvió que los periodistas incurrieron en violencia política contra las mujeres al publicar contenidos que reforzaron estereotipos de género y minimizaron la trayectoria política de la denunciante.

La resolución dice que las notas, columnas, blogs y un spot radiofónico supeditaban su candidatura a la figura de su padre, entonces alcalde de Teocelo, lo que invisibilizaba sus propios méritos. “Se identificaron expresiones como ‘cumplirle el caprichito’, ‘heredarle el cargo’ o ‘la niña verde’, consideradas por el tribunal como formas de violencia simbólica, mediática, verbal, digital, psicológica, análoga e interpósita persona”.

Mara Yamileth. Persecución contra la prensa. Foto: Facebook / Mara Chama 

Aunque en 2021 el caso del parentesco no representaba una violación a la ley, la reciente reforma constitucional que prohíbe el llamado “nepotismo electoral” le ha dado nueva relevancia al debate. 

Esta reforma, aprobada por el Congreso en abril último, establece que ninguna persona puede competir por un cargo de elección popular si ha tenido, en los tres años previos, un vínculo de parentesco, matrimonio o concubinato con un funcionario en funciones.

Sin embargo, cuando los señalamientos ocurrieron, esa legislación aún no existía. 

Sobre la sentencia contra periodistas, el voto particular de uno de los magistrados advirtió que, para establecer responsabilidad a los periodistas, era necesario probar que los contenidos antiguos tuvieron un efecto concreto en la elección de 2024. 

El magistrado advirtió que esto impone a los medios una carga irrazonable, al exigirles revisar todos sus archivos históricos para prever si podrían afectar a futuras candidaturas, algo que consideró inviable y riesgoso para la libertad de prensa.

La violencia política contra las mujeres se definió en la legislación federal y en leyes estatales como las acciones u omisiones dirigida a las mujeres por motivos de género con impacto desproporcionado que afectan, anulan o vulneran sus derechos políticoelectorales.

Radio Teocelo, sanción inédita

Sobre la sentencia, el periodista Élfego Riveros, de Radio Teocelo, considera que la sanción impuesta al medio comunitario por el uso de la figura de violencia política representa un hecho inédito en sus más de 60 años de existencia.

La sanción se basa en un spot satírico de un minuto, transmitido en 2021 durante el proceso electoral, en el que –según Riveros– se critican malas prácticas como el nepotismo, el chapulineo y las candidaturas heredadas.

“Pasamos ese spot tres veces y de ahí viene toda esta acometida que nos tiene ahora cumpliendo medidas de reparación: multa, disculpa pública y todo lo que está en la legislación”, explica.

“Estamos en este cumplimiento bajo protesta porque no estamos de acuerdo. En el fondo limita nuestra libertad de expresión y el derecho a la información de nuestras audiencias”, dice Riveros.

También explica que el medio ha recibido al menos ocho requerimientos entre el Tribunal Electoral y el Tribunal Electoral y el Organismo Público Local Electoral (OPLE), incluso por publicaciones de personas solidarias en redes sociales.

“Estamos prácticamente sin poder hablar, sin poder decir nada. Nos siguen castigando incluso por lo que dicen otros”.

Considera que la sanción responde a una intención de castigar políticamente al medio por su papel crítico en la vida pública local: “Es como un tipo de venganza política contra un medio que les ha quitado la máscara. ¿Por qué les estorba una pequeña radio? Porque somos el único medio que informa quiénes son y qué han hecho cuando han gobernado”.

Rivero. Multa y disculpa pública. Foto: Facebook / Mario A. Chama Diaz

Manipulación del término “violencia de género” 

Tras esa sentencia, el caso escaló. Mara Yamileth, que también fue candidata a la presidencia municipal de Teolcelo por la alianza PVEM-Morena en la pasada elección del 1 de junio, interpuso nuevas quejas por violencia de género.       

El seis de junio denunció violencia de género por comentarios de la académica Celia del Palacio, coordinadora del Observatorio de Libertad de Expresión de la Universidad de Guadalajara. 

Después, el 28 de junio último, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenó a 22 medios y perfiles en redes sociales eliminar notas que informaban sobre su intención de llegar a la presidencia local, pero el tribunal fue más allá: también sancionó publicaciones sobre críticas por considerar injusta la resolución del TEPJF contra cinco periodistas. 

La académica Celia del Palacio fue sancionada por emitir una cápsula editorial –retirada de Canal 44 por orden del OPLE–, donde comentó el caso de sanción contra periodistas por el uso indebido de la figura de violencia política en razón de género. Nunca se refirió directamente a la denunciante ni utilizó lenguaje ofensivo.

En entrevista para Proceso, la académica cuestiona que nunca fue notificada personalmente sobre la decisión: “Me parece muy grave esto que ocurre. Me dicen ‘Notifíquese por estrados’, quiere decir que yo me tengo que dar por enterada, ¿quién sabe cómo?”. 

Del Palacio advierte el uso excesivo de la legislación que se promulgó con el propósito de proteger a las mujeres de la violencia política: 

Esta es una ley que fue hecha para proteger a las mujeres de ataques realmente misóginos. Que se esté aprovechando tanto esta figura (...) es una interpretación muy sobrada, muy extraña de esa ley.

La académica señala que el caso forma parte de una tendencia nacional preocupante, en la que personas no favorecidas en los comicios utilizan estas figuras para sancionar a voces críticas.

También alerta que el uso indebido de la norma “desprestigia la figura” y la debilita, cuando realmente se necesita en casos graves de violencia política real.

Criminalización de la crítica 

Luis Ramírez, secretario ejecutivo de la Comisión de periodistas de Veracruz, también considera que la figura de violencia política en razón de género se está utilizando para inhibir la crítica periodística en procesos electorales y pidió al Congreso revisar el marco legal. 

Ramírez confirmó que al menos nueve periodistas han sido procesados bajo esta figura. “La sentencia obliga a pagar una multa… algunos compañeros no pudieron acercarse a la comisión, pero a quienes lo hicieron se les brindó asesoría jurídica y acompañamiento hasta la Suprema Corte”.

Desde la CEAPP defendió el papel de la prensa como contrapeso en democracia y se cuestionó la permisividad con la que los tribunales han admitido denuncias sin criterios estrictos: “¿Qué tanto debe la autoridad aceptar el cuestionamiento de la prensa? Mientras no falsee información, no hay mayor problema. Si detrás de ti estuvo tu padre, tu madre, tu tío… es lógico que cualquiera pregunte si eso no constituye una forma de cacicazgo”.

Ramírez adelantó que buscarán un encuentro con la diputada Bertha Ahued, presidenta de la Comisión de Atención y Protección a Periodistas en el Congreso de Veracruz para exponer la situación y proponer ajustes legales.

En Veracruz, más de 40 periodistas y organizaciones se pronunciaron contra estas resoluciones en una carta abierta, en la que calificaron las sanciones como una medida que vulnera la libertad de expresión y sienta un precedente preocupante contra el ejercicio periodístico.

Del Palacio. Castigo por una cápsula editorial. Foto: uv.mx 

“Imponer sanciones sin comprender las dinámicas del trabajo informativo, y sin considerar la desigualdad estructural entre quienes informan y quienes ostentan el poder, constituye un acto desproporcionado”, advirtieron. 

Por su parte, la organización Artículo 19 expresó su preocupación por los casos y subrayó que en contextos electorales la libertad de expresión es un derecho especialmente protegido, ya que garantiza el acceso de la ciudadanía a información relevante sobre candidaturas, vínculos familiares, antecedentes y comportamiento público.

La eliminación de contenido vulnera el derecho de la ciudadanía a ‘recibir cualquier información y conocer la expresión del pensamiento ajeno’.

Jan-Albert Hootsen, representante del CPJ en México, alertó que las sentencias en el caso de Veracruz y otros del país, como al periodista Héctor De Mauleón, son claros ejemplos de acoso judicial, con políticos que abusan de la ley para silenciar el periodismo crítico, un fenómeno cada vez más común en México,” dijo. 

Mientras los pronunciamientos continúan, la excandidata de Morena a la alcaldía de Teocelo, Veracruz, Mara Yamileth Chama Villa, presentó la impugnación de la elección municipal del pasado 1 de junio. En un mensaje dirigido a la ciudadanía en junio pasado, denunció una campaña sistemática de violencia política en razón de género, amenazas y uso indebido de recursos públicos durante el proceso electoral.

Ramírez. Denuncia contra el abuso de la figura "violencia política de género". Foto: Facebook / Luis Ramírez Baqueiro 

La excandidata responsabilizó a medios de comunicación y otros actores de haber difundido ataques que, según ella, fueron reconocidos judicialmente como violencia política por la Sala Regional Especializada del TEPJF, en el expediente SRE-PSC-8/2025.

Chama Villa aseguró que las condiciones en las que se desarrolló la elección “anulan su validez democrática y constituyen un precedente peligroso”.

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