Trámites

IMSS: ¿Quién puede solicitar el retiro anticipado y cuáles son los requisitos?

El IMSS permite solicitar el retiro anticipado antes de los 60 años si se cumplen requisitos de semanas cotizadas y saldo en la cuenta individual.
lunes, 24 de marzo de 2025 · 13:20

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) contempla la posibilidad de que las personas aseguradas accedan a una pensión por retiro anticipado antes de cumplir los 60 años de edad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social y se cuente con los recursos suficientes en la cuenta individual.

Este trámite se encuentra regulado bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1997 y contempla la contratación de una renta vitalicia con una aseguradora, que será la responsable de pagar la pensión al solicitante.

De acuerdo con el IMSS, la pensión que se calcule en el sistema de renta vitalicia debe ser superior en más del 30% a la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para los beneficiarios.

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Requisitos para solicitar la pensión por retiro anticipado

Las personas aseguradas pueden solicitar la pensión de retiro anticipado si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Tener menos de 60 años de edad.
  • Contar con un mínimo de semanas de cotización en el Régimen Obligatorio del Seguro Social.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio y no contar con trabajo remunerado.
  • Contar con saldo suficiente en la cuenta individual para contratar una renta vitalicia.
  • La pensión calculada debe ser superior en más del 30% a la pensión garantizada.

El número de semanas de cotización requerido varía de acuerdo con el año en que se realice la solicitud, conforme a lo establecido en el Artículo Cuarto Transitorio de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2020. Este incremento gradual continuará hasta el año 2031.

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Semanas de cotización requeridas por año

Año | Semanas requeridas
2021 | 750
2022 | 775
2023 | 800
2024 | 825
2025 | 850
2026 | 875
2027 | 900
2028 | 925
2029 | 950
2030 | 975
2031 | 1000

Las semanas mínimas aplicables dependen del año en que se ingrese la solicitud.

Documentos necesarios para el trámite

La persona asegurada debe presentar original y copia simple de los siguientes documentos:

  • Identificación oficial con fotografía vigente.
  • Estado de cuenta o contrato con la AFORE con antigüedad no mayor a seis meses.
  • Documento bancario que identifique el número de cuenta y la CLABE a nombre del solicitante.
  • Copia certificada del acta de nacimiento o equivalente.
  • Constancia de semanas cotizadas emitida por el IMSS.
  • En caso de ser extranjero, se debe presentar pasaporte o documento migratorio vigente.

Consideraciones sobre los beneficiarios

El asegurado debe indicar si cuenta con beneficiarios, ya que esto determinará la contratación del seguro de sobrevivencia y el otorgamiento de asignaciones familiares o ayuda asistencial.

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Las asignaciones familiares aplican para esposa, esposo, concubina o concubinario, hijos menores de 16 años o hasta 25 años si estudian, hijos mayores de 16 años incapacitados y ascendientes en ciertos casos.

Requisitos para acreditar beneficiarios

  • Acta de matrimonio o resolución judicial que acredite concubinato.
  • Actas de nacimiento, adopción o reconocimiento de los hijos.
  • Constancia de estudios si el hijo tiene entre 16 y 25 años y es estudiante.
  • Dictamen médico para hijos mayores de 16 años incapacitados.
  • Resolución judicial que acredite dependencia económica en caso de ascendientes.

Comprobación de supervivencia

Las personas pensionadas y sus beneficiarios deben comprobar su supervivencia de forma periódica, según lo establezca el IMSS o la aseguradora. La comprobación se realiza con identificación oficial y presentación personal en las Unidades de Medicina Familiar o Subdelegaciones del IMSS.

Para quienes residan en el extranjero, la comprobación se realiza cada seis meses en las oficinas consulares de México.

Procedimiento para solicitar la pensión por retiro anticipado

La solicitud se presenta en la ventanilla de Control de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar donde esté adscrito el solicitante o en la Subdelegación correspondiente.

El trámite debe realizarse personalmente por el titular, aunque es posible presentar la solicitud a través de un apoderado o representante legal, siempre que se cuente con la documentación notarial correspondiente.

Los pasos generales son los siguientes:

  • Reunir la documentación requerida.
  • Acudir a la ventanilla correspondiente del IMSS.
  • Solicitar la revisión de requisitos y semanas cotizadas.
  • Contratar la renta vitalicia con la aseguradora seleccionada.
  • Acreditar el seguro de sobrevivencia para los beneficiarios.
  • Homoclave y referencia normativa

El trámite se identifica con la Homoclave IMSS-01-018 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2024 a través del Acuerdo ACDO.AS.HCT.260623/161.P.DPES.

Para orientación, el IMSS puso a disposición el número telefónico 800 623 23 23, opción 3 “Pensionados”, donde se puede obtener información detallada sobre el procedimiento.

Sobre la contratación de la renta vitalicia

La renta vitalicia es un contrato con una aseguradora autorizada, donde el asegurado entrega los recursos acumulados en su cuenta individual a cambio de una pensión mensual durante toda su vida.

La aseguradora seleccionada se encarga de calcular la pensión, verificando que el monto supere en más del 30% la pensión mínima garantizada por el gobierno. En ese cálculo debe considerarse el pago del seguro de sobrevivencia que cubrirá a los beneficiarios designados.

El pago de la pensión será depositado directamente en la cuenta bancaria del titular, quien debe ser el dueño de la cuenta. No se permite depositar en cuentas de terceros, incluso si existe un poder notarial.

Apoderados y representantes legales

Si el trámite es realizado por un apoderado o representante legal, se debe presentar:

  • Identificación oficial del apoderado.
  • Poder notarial para actos de administración o poder especial para realizar el trámite ante el IMSS.
  • Documentos que acrediten la tutela o patria potestad, en caso de representar a menores de edad o personas mayores de edad incapacitadas.

La pensión solo podrá depositarse en una cuenta a nombre de la persona titular del derecho.

Traducción y legalización de documentos

Los documentos expedidos en el extranjero deben contar con apostilla o legalización. Si están redactados en otro idioma, deben acompañarse de una traducción al español realizada por un perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia o por la autoridad del país de origen.

Obligaciones posteriores a obtener la pensión

Las personas pensionadas deben mantener actualizada su información personal ante el IMSS, incluyendo nombre completo, CURP, RFC y domicilio fiscal.

Además, están obligadas a asistir personalmente a las Unidades de Medicina Familiar o Subdelegaciones del IMSS en caso de ser requeridas para aclaraciones relacionadas con la prestación económica.

La falta de comprobación de supervivencia o de actualización de datos puede derivar en la suspensión del pago de la pensión.

Alternativas en caso de defunción del asegurado

En caso de fallecimiento del asegurado con derecho a la pensión por retiro anticipado, los beneficiarios podrán solicitar la pensión de viudez, orfandad o ascendencia, según corresponda.

Será necesario acreditar la relación con el asegurado y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social y en los lineamientos del IMSS.

Vigencia del trámite y modificaciones legales

El trámite de pensión por retiro anticipado se encuentra vigente y sujeto a las reformas legales aplicables. La última actualización de este procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2024.

Las personas interesadas deben verificar el número de semanas de cotización exigido en el año en que planeen presentar la solicitud, así como asegurarse de contar con el saldo suficiente en su cuenta individual.

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