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¿Te vas de viaje? SAT cobrará por salir del país: motivos y excepciones

SAT crea cuota por autorización de salida en casos específicos. Monto, excepciones y desde cuándo aplicará, sin afectar a viajeros que no entren en esos supuestos.
viernes, 17 de octubre de 2025 · 09:52

CIUDAD DE MÉXICO (apro).— La Cámara de Diputados aprobó cambios a la Ley Federal de Derechos que crean una cuota de $294.01 pesos para emitir la autorización de salida del país de niñas, niños, adolescentes y personas bajo tutela jurídica que viajen solos o sin uno de sus padres o tutores. La recaudación estará a cargo del SAT como derecho federal y entraría en vigor en 2026, tras la validación del Senado y su publicación en el Diario Oficial. El objetivo es financiar y ordenar prestación del servicio.

¿A quién aplica?

El cobro se activaría cuando un menor de edad o una persona sujeta a tutela salga de México sin ambos padres o tutores: ya sea sola, acompañada por un tercero o con solo uno de ellos. En esos supuestos hoy se utiliza el Formato de Autorización de Salida del Territorio Nacional (SAM), gratuito y basado en documentación y consentimiento expreso. Con la reforma, la emisión de esa autorización tendría costo y quedaría registrada como derecho federal administrado por el SAT.

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¿Quiénes no pagarían?

No se contempla cobro para personas adultas que viajan al extranjero, ni para menores que se desplacen con ambos padres o tutores con pasaportes vigentes y documentación en regla. En esos casos no se requiere el SAM y las condiciones del viaje permanecen sin cambios.

Motivo del cobro

La cuota se integra al paquete fiscal para financiar y ordenar servicios migratorios y de control en salidas y entradas, dentro de un ajuste de derechos federales. Las autoridades sostienen que el trámite implica validaciones orientadas a proteger el interés superior de la niñez.

¿Cuándo entraría en vigor?

A partir de 2026, si el Senado confirma la reforma y se publica en el DOF. Hasta entonces, todo sigue igual y el SAM continúa sin costo.

No es un “impuesto por viajar” para todos

La medida no sustituye otros cargos del boleto aéreo. La TUA (Tarifa de Uso de Aeropuerto) la cobran los aeropuertos, mientras que el DNR (Derecho de Visitante) aplica a ciertas personas extranjeras que ingresan a México, no a mexicanas y mexicanos que salen.

Lo que cambiaría en la práctica

Si una hija o un hijo viaja sin ambos padres, se tramitaría el SAM y se pagarían $294.01 por la autorización. Si el o la menor sale con ambos responsables, no procede la cuota. El cobro se sumaría al costo del pasaporte y a cargos del boleto, como la TUA.

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