Cualquiera con carrera judicial en el Poder Judicial de la Federación tiene interés legítimo para impugnar el sistema de elección de titulares de tribunales y juzgados, pues a esos cargos ya no podrán acceder con sus propios esfuerzos. ¿Quiénes tienen interés legítimo para ampararse contra la reforma judicial?
El que las mayorías opinaran, por ejemplo, que la tierra es plana e impusieran la creencia como sabiduría del pueblo, no invalidaría la verdad sostenida por un solo individuo. Hybris
El debate sobre el número exacto de senadores necesarios para lograr una mayoría calificada no se trata simplemente de cómo se aplican las reglas de redondeo, sino de la esencia misma de la representación democrática. Mayoría calificada: ¿85 o 86 senadores/as?
Si modelamos el nuevo Poder Judicial a la imagen y semejanza de Morena no hay motivo alguno para suponer que este poder habrá sido saneado de la enorme corrupción que lo contamina actualmente. Reforma judicial: ¿cuál es el miedo?
Como se observa, la reforma constitucional es una atribución exclusiva del Poder Reformador de la Constitución, no de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ni del Poder Judicial de la Federación en general. SCJN: ¿Atribuciones para intervenir en reforma constitucional?