Elección judicial
Magistrado desestima acordeones y propone validar elección para el Tribunal de Disciplina Judicial
Felipe De la Mata considera en su proyecto que “no existe una sola prueba” que vincule a los acordeones con el partido en el poder y ni siquiera habría evidencia de que la ciudadanía los haya “utilizado, leído y obedecido” al momento de emitir su voto.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- A una semana de que tomen posesión los nuevos integrantes del Poder Judicial, el magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Felipe de la Mata Pizaña, allanó el camino a los próximos miembros del Tribunal de Disciplina Judicial electos el pasado 1 de junio.
El proyecto que someterá a votación en la próxima sesión del TEPJF, que se llevará a cabo el próximo 27 de agosto, corresponde a la demanda que presentó la excandidata a magistrada del Tribunal de Disciplina Judicial, Verónica Patricia Gómez Schulz
De la Mata consideró en su proyecto que “no existe una sola prueba” que vincule a los acordeones, utilizados para la votación, con el partido en el poder, ni siquiera habría evidencia de que la ciudadanía los haya “utilizado, leído y obedecido” al momento de emitir su voto, por lo que la distribución de los acordeones “no puso en peligro la libertad del sufragio”.
El posicionamiento del magistrado De la Mata Pizaña, dado a conocer este domingo, se apegó a la tendencia de validar la elección del 1 de junio, como recientemente se hizo en lo que corresponde a la elección de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al desechar por tres votos contra dos, el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez que proponía invalidar los resultados que favorecieron a los nueve ministros electos por el impacto que tuvieron en ellos los acordeones.
En el proyecto se da cuenta de que, en el caso de las votaciones para la integración del Tribunal de Disciplina Judicial, se comprobó que en 51% de los resultados hubo coincidencias exactas con las guías de votación y con los candidatos ganadores, lo que para el magistrado ponente ello no es prueba suficiente para invalidar la elección.
Acordeones
De la Mata Pizaña insistió en la inefectividad de las probanzas contenidas en el expediente y que comprenden 87 acordeones físicos, 225 acordeones digitales, tres videos de Tiktok que mencionan los acordeones, 47 publicaciones de Facebook y 16 de X con fotografías, así como 34 notas informativas que abordan la temática.
Para De la Mata Pizaña “todos esos elementos de prueba tienen una naturaleza privada por ser documentos aportados por la parte actora” de ahí que “carecen de plenitud probatoria porque (…) no generan convicción sobre la veracidad de los hechos”.
Para el magistrado del TEPJF un elemento central para invalidar las pruebas es que “la actora parte de la premisa incorrecta y subjetiva de que todo acordeón encontrado fue usado, leído y obedecido”, pero “no se prueba que ello haya ocurrido de esa manera”.
En cuanto a las acusaciones de que las personas electas para formar parte del Tribunal de Disciplina Judicial simpaticen con Morena y que ese partido haya operado los acordeones, Mata Pizaña descartó que se probara “la participación de funcionaros, servidores de la nación y de Morena”.
Para el magistrado “ninguna prueba logra acreditar quién o quiénes fueron los responsables de la supuesta estrategia ilegal”, pues considera que “las imágenes digitales en modo alguno prueban la participación de funcionarios, servidores de la nación y Morena, porque tales pruebas de ninguna manera se observan las circunstancias de tiempo, modo y lugar” .
Sin demostrar la alteración de las pruebas, el magistrado señala que “las imágenes digitales, por tener una naturaleza técnica, son fácilmente manipulables, de ahí que no exista certeza para considerar que esas imágenes correspondan a los hechos que narra la demandante”.
Indicios
En su proyecto el magistrado considera que podría haber indicios de la participación de Morena pero que ello “no se prueba el uso indebido de recursos públicos”, de ahí que “no es posible declarar la nulidad a partir de meras conjeturas o especulaciones”.
De la Mata Pizaña alertó que, si no se acredita “quién o quiénes fueron los responsables de la supuesta estrategia sistemática y generalizada, son parte de afirmaciones subjetivas o de especulaciones, debido a que no se prueba una estrategia ilícita de distribución masiva de acordeones, o bien, de la participación de servidores públicos o partidos políticos o candidaturas”.
Sin esos elementos, para el magistrado la conclusión es que “ante la ausencia de pruebas para acreditar la supuesta estrategia de distribución de acordeones, se puede asumir que éstos fueron elaborados por la ciudadanía, siendo lícitos de acuerdo con el principio de validez de las elecciones”.
Insistió en que no se comprobó “la existencia de una estrategia ilícita coordinada, sistemática y generalizada para influir indebidamente en el voto de la ciudadanía, a través de la distribución masiva de acordeones o guías de votación”, mucho menos se pudo identificar la coacción al voto, porque “no se prueba ni se acredita que estos documentos denominados acordeones fueron difundidos ni mucho menos que s e usaron el día de la jornada”.
En ese sentido, apunta que tampoco se pudo probar que esos documentos hayan llegado a manos de electores y que éstos se sintieran presionados para votar a favor de las candidaturas indicadas, ni mucho menos se sabe “cuántas personas recibieron los acordeones; tampoco que se hayan distribuidos ni cuántas personas cambiaron el sentido de su voto”
El proyecto se someterá a votación el próximo miércoles 27 y con ello se terminaría el análisis de las impugnaciones que tenían como fecha límite legal para análisis el jueves 28 de agosto.