Feminicidio
Declaran constitucional la ley general en materia de feminicidio
Con la declaratoria, se faculta al Congreso de la Unión para expedir, en un plazo de 180 días, la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio.CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- Con el aval de 27 de los 32 congresos locales, fue declarada la reforma constitucional para expedir la ley general en materia de feminicidio, con la cual el delito no prescribirá y se perseguirá de oficio; además, se homologa el tipo penal a nivel nacional con una pena de 40 a 70 años de prisión.
La declaratoria se dio en el contexto de 148 feminicidios a nivel nacional ocurridos durante el primer trimestre del 2026; es decir, 49.3 por mes o 1.6 al día, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSS). Según esa autoridad, en 2025 se registraron 721 víctimas de este delito, frente a las 853 reportadas en 2024.
La declaratoria de reforma constitucional al artículo 73 de la Carta Magna fue emitida ayer, 28 de abril, por el Congreso de la Unión. Con ella, se faculta al Congreso de la Unión para expedir, en un plazo de 180 días, la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio.
Aunque lleva dos semanas acéfala, tras la renuncia de Citlalli Hernández Mora –quien regresó a Morena–, la Secretaría de las Mujeres celebró la declaratoria y anunció que coordinará las políticas de prevención que marca dicha ley, mientras que el Estado asumirá la responsabilidad de la reparación integral del daño a las víctimas y sus familias.
La ley general en materia de feminicidio fue impulsada por dicha Secretaría y la Fiscalía General de la República (FGR).
Según la Secretaría de las Mujeres, esta nueva legislación permite que México tenga, por primera vez, un marco legal homologado para combatir la impunidad y garantizar justicia a las víctimas en todo el territorio nacional.
Además, establecerá que toda muerte violenta de una mujer sea investigada como feminicidio, con perspectiva de género y aplicando protocolos especializados.
La nueva ley también unificará el tipo penal a nivel nacional y fijará penas que van de los 40 a los 70 años de prisión. De la misma manera, garantizará que el delito de feminicidio no prescriba, se persiga de oficio y no admita beneficios procesales, indultos ni amnistías.
Asimismo, marcará que el agresor perdería la patria potestad sobre sus hijas e hijos, los derechos sucesorios y cualquier otro beneficio legal vinculado a la víctima.
Con la nueva legislación, se ampliará el catálogo de razones de género que deberán considerarse al investigar el delito. Entre ellas: antecedentes de violencia contra la víctima, relación de pareja o confianza, violencia sexual, desaparición previa y contextos de desigualdad o subordinación.
Destaca que las penas se agravarán cuando la víctima sea niña, adolescente, adulta mayor, tenga alguna discapacidad, esté embarazada, pertenezca a un pueblo indígena, sea periodista o defensora de derechos humanos, o cuando el crimen sea cometido por un servidor público.
Según la Secretaría de las Mujeres, con la expedición de esta nueva ley, las políticas de prevención de la violencia feminicida quedarán a su cargo, así como la coordinación del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres.
Para ese cometido, los tres órdenes de gobierno deberán tener fiscalías y unidades especializadas, personal pericial capacitado y recursos suficientes.
De la misma forma, el Estado mexicano asumirá la responsabilidad de la reparación integral del daño a las víctimas y sus familias, lo que incluye la creación de registros nacionales para la protección de niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad por feminicidio.
La declaratoria fue emitida ayer por el Congreso de la Unión, luego del aval de 27 congresos locales: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.