Justicia
Tras derrota en la Corte la UNAM busca a Palacio Nacional para crear fondo educativo
El abogado general de la UNAM, Hugo Concha, reconoce que la universidad “perdió” el juicio ante un estudiante por una falla en la defensa de la gestión anterior. El precedente obliga al Estado mexicano a crear el fondo para la gratuidad en educación superior que AMLO prometió en 2019.CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).– La orden de que la UNAM reembolse a un alumno lo que pagó para tomar un curso de inglés para titularse, aunque ya es un precedente obligatorio, no pone en riesgo la operatividad financiera de la institución.
Así lo asegura el abogado General de la UNAM, Hugo Concha, quien explicó a Proceso que el caso planteado por un alumno de la Facultad de Derecho contra la Máxima Casa de Estudios se “perdió” por una omisión cometida por la defensa de la anterior administración de la Universidad.
Considera que ese caso sirvió para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconozca que el Estado mexicano tiene pendiente, desde la reforma constitucional de 2019 impulsada por Andrés Manuel López Obrador, la creación de un fondo económico para garantizar la gratuidad de la educación superior.
El 3 de marzo último, con siete votos, la SCJN amparó a un universitario, y aunque emitió un precedente obligatorio no necesariamente afecta la operatividad de la institución, pero sí podría tener impactos más profundos.
“La resolución está bastante bien articulada, muy bien armada, los argumentos son bastante claros y llevan una secuencia bastante lógica. Dice varias cosas importantes tanto para la universidad como para las autoridades del gobierno federal, particularmente las referentes a la cuestión hacendaria”, explica Hugo Concha.
El abogado destaca tres puntos clave del precedente recién emitido por la Corte:
La UNAM no puede cobrar a los alumnos cuando se trate de requisitos obligatorios para la titulación.
- La diferencia entre un requisito obligatorio y una forma opcional de titulación.
- Tercero, la progresividad del derecho de acceso gratuito a la educación obliga al Estado a crear un fondo especial para que éste alcance al nivel superior.
“Pese a que la Facultad tiene cursos gratuitos y otros que no, el alumno se metió a los no gratuitos, pero en la defensa no se estipuló bien esa diferenciación. No se hizo bien la argumentación de la defensa. En ese sentido parecía que el único camino era tomar un curso que cuesta dinero y, como tal, lo que dice la Corte es que al ser éste (el idioma extranjero o lengua indígena) un requisito obligatorio para la titulación, no se le puede cobrar y, por lo tanto, la UNAM debe regresarle el dinero que pagó”, explica.
“La existencia de cursos gratuitos es importante porque no necesariamente esto quiere decir que va a pasar lo mismo en todos los casos por venir, la verdad es que tenemos que dar a conocer, en la UNAM, con mucha mayor difusión, que, en casos de los requisitos como ese, pues hay cursos gratuitos”.
Reconoció que, en este caso, falló la estrategia de litigio emprendida por la administración anterior, encabezada por Alfredo Sánchez Castañeda, quien durante el escándalo del supuesto plagio de la tesis de la ministra Yasmín Esquivel afirmó que la UNAM no podía retirarle el título de licenciatura pese a que llegara a comprobarse la falta.
La verdad es que sí hubo una falla de litigio por parte de la UNAM, se tendría que haber puesto mucho más énfasis en que había cursos gratuitos, pero la verdad yo recibí el amparo en mi oficina cuando ya estaba turnado para resolución en la Corte.
Concha reconoce que “se nos fue, o sea, aquí, y se tenía que haber eximido más eso, que existen los cursos gratuitos, pero el caso es que aquí pareciera, en la manera en que quedó estructurado el juicio, que el alumno sólo tenía la opción de esos cursos que tuvo que pagar; entonces, lo que dice la argumentación de la sentencia es que, si es un requisito obligatorio, la universidad no lo puede cobrar”.
La UNAM tocará puertas
La sentencia, elaborada en la ponencia del ministro presidente Hugo Aguilar, reconoce la obligación del Estado mexicano de que la gratuidad en la educación superior sea progresiva, misma que quedó establecida desde 2019 mediante una reforma constitucional impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, en la que se ordenó crear un fondo federal para lograrlo, mismo que actualmente no existe.
“En el artículo decimoquinto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019, se precisó que, para dar cumplimiento al principio de obligatoriedad de la educación superior, se incluirían los recursos necesarios en los presupuestos federal, de las entidades federativas y de los municipios y, adicionalmente, se establecería un fondo federal especial que asegurara a largo plazo los recursos económicos necesarios para garantizar la obligatoriedad de los servicios educativos, así como la plurianualidad de la infraestructura”, detalla el proyecto aprobado por el Pleno de la Corte.
“En el caso, ya transcurrieron más de seis años de la entrada en vigor de la obligación del Estado de realizar las asignaciones presupuestarias necesarias para garantizar la gratuidad de la educación superior a nivel licenciatura, entre otras, y existen diversos esfuerzos de su parte en su instrumentación; por lo que debe considerarse que ya se debe contar con un avance significativo en ese rubro exigible a las autoridades”.
Hugo Concha explica que ese punto clave abre la puerta a que la UNAM busque dialogar con las autoridades del Ejecutivo federal para crear este fondo que debió existir, por lo menos, desde 2022 cuando se incluyó en las reformas secundarias a la de 2019.
“La sentencia dice que, si bien es cierto que ese fondo no existe, ya no podemos seguir argumentando que es una cosa para el futuro y que las autoridades educativas y universitarias debemos solicitarlo porque quedó establecido que debe existir.
Eso es interesante porque la sentencia nos dice que podemos exigir la creación del fondo para este tipo de gastos, porque es cierto que la mayor parte de las universidades, incluso dejando de lado a la UNAM, sino particularmente las de los estados, a veces traen recursos o presupuestos limitadísimos y frente a eso sí hace falta que el presupuesto público que se les otorgue alcance para poder cubrir esta obligación y no tener que cobrar este tipo de requisitos –dice Concha.
El abogado de la UNAM adelantó que en su oficina se analiza de qué manera podrán utilizar esta reflexión de la Suprema Corte para plantearle al rector de la UNAM, Leonardo Lomelí Vanegas, cómo lograr la creación del fondo federal que no sólo está en la Carta Magna, sino en la Ley General de Educación.
Por ello también enfatizó en la importancia de que el fallo de la Corte diferenció claramente entre los requisitos obligatorios para titularse y las opciones de titulación voluntaria que tienen los alumnos, para lo cual el ponente Aguilar Ortiz retomó el caso de un amparo tramitado por otro alumno de la UNAM que optó por titularse mediante un diplomado y afirmó que, al tener un costo económico, la universidad estaba violando su derecho a la educación superior gratuita.
“Lo menciona tal cual, y la sentencia dice: ‘Eso es otra cosa porque ahí los alumnos tienen las opciones para elegir qué tipo de titulación quieren y pueden elegir opciones de titulación que son gratuitas. Ya si lo que optan es por un diplomado que les cueste, porque genera gastos, contrataciones de los profesores adicionales a los que tiene, eso sí puede la universidad seguir cobrándolos”, comenta.
“Esto también va a ser interesante porque te aseguro que en un futuro pues van a volver a llegar amparos con estos temas. Y otra vez esto se va a poder citar como un antecedente importante la manera en que se hizo esta diferenciación de requisitos”.
Es por ello que el abogado de la UNAM descartó que la sentencia de la SCJN implique un riesgo inmediato de que los alumnos utilicen este antecedente para pedir gratuidad en otras opciones educativas que otorga la institución con costo; sino todo lo contrario, porque la diferenciación le ayuda a la Casa de Estudios a justificar las ofertas educativas que tienen costo.
Concha reconoció que desde 2002 la universidad fue reconocida como autoridad responsable en materia de amparo, la institución está en constante riesgo de que los alumnos se amparen contra cualquiera de sus determinaciones u omisiones.
“Hoy en día vemos de todo, desde porque no se le entregaron sus papeles a un alumno, porque no se le aceptó el ingreso a un programa de titulación o de posgrado; por cualquier razón que se te ocurra que pueda generar algún tipo de inconformidad entendida como acto de molestia a un alumno, o a una persona que quiere serlo, es suficiente para que procedan las demandas de amparo”, dice.
“También ha proliferado muchísimo, desde el punto de vista ocupacional, los abogados que se dedican y ofrecen sus servicios justamente para proteger los intereses de personas en la universidad, muchos de ellos alguna vez trabajaron en algún área jurídica de la UNAM y ahora están en despachos que, entre otros, buscan su clientela aquí”.