SCJN
BMA advierte incertidumbre por consulta sobre el principio de cosa juzgada en la SCJN
La consulta surgió luego de que la FGR y una persona llamada Rosa María Romero Urbán impugnaron la absolución de Juana Hilda González, señalada como integrante de la banda que en el año 2005 secuestró y mató a Hugo Alberto Wallace.CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- La Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA) advirtió que la intención de que la actual Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revise si puede o no revocar las sentencias emitidas por la integración anterior del Máximo Tribunal puede generar incertidumbre generalizada que afectará tanto a particulares como a las instituciones del Estado.
Esto, luego de que el ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz sometió a consulta de sus compañeros en el Pleno si pueden revisar determinadas sentencias dictadas por las Salas que desaparecieron con la reforma judicial.
“Se consulta al Tribunal Pleno sobre si puede proceder o no el recurso de revisión en contra de sentencias dictadas por las entonces Salas de la Suprema Corte de Justicia al resolver un amparo directo en ejercicio de su facultad de atracción”, señaló el ministro Aguilar el pasado 10 de octubre.
El asunto fue enviado a la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama quien deberá presentar un proyecto para responder la consulta planteada.
Esto, según la BMA tiene relación directa con el principio de cosa juzgada que establece que una vez que un asunto ya fue resuelto en definitiva y quedó firme, la sentencia emitida no puede ser modificada o revocada.
“Cualquier intento de revisar o desconocer sentencias que han adquirido firmeza, al margen de los cauces procesales expresamente previstos en la ley, vulneraría gravemente los principios de legalidad, división de poderes, seguridad jurídica y debido proceso. Ello podría generar una situación de incertidumbre generalizada respecto de los efectos de las resoluciones judiciales, afectando tanto a particulares como a las instituciones del Estado”, afirmó la Barra.
Por ello, exhortó a la Corte a preservar el principio de cosa juzgada para evitar una “eventual fractura de la seguridad jurídica” garantizada en la Constitución.
“La certeza de que las controversias decididas por los tribunales de manera definitiva no pueden ser modificada o reabiertas, es indispensable para garantizar la estabilidad del orden jurídico, la confianza en las instituciones de justicia y la paz social”, enfatizó la BMA.
Regla no escrita
Hasta ahora, no existe ningún fundamento legal, acuerdo o circular que establezca qué hacer en casos como el que planteó el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz.
La consulta surgió luego de que la Fiscalía General de la República (FGR) y una persona llamada Rosa María Romero Urbán impugnaron la absolución de Juana Hilda González, señalada como integrante de la banda que en el año 2005 secuestró y mató a Hugo Alberto Wallace, hijo de la fallecida Isabel Miranda de Wallace.
La absolución y liberación de Juana Hilda González fue ordenada por la Primera Sala el pasado 11 de junio, al resolver un amparo directo tramitado contra su condena de 78 años de cárcel y que fue atraído por la Corte.
Fuentes judiciales explicaron a Proceso que esta es la primera vez que una resolución emitida por alguna de las extintas salas de la Corte es impugnada.
Ello, debido a que, hasta ahora, se tenía por entendido que una resolución definitiva emitida por el Pleno o las Salas de la Corte era inatacable, es decir, no podía ser impugnada.
Sin embargo, ni la ley de Amparo, los reglamentos o acuerdos internos de la Corte establecen expresamente que no procede recurso alguno contra las sentencias de amparo directo emitidas por el Máximo Tribunal, ya sea en Pleno o Salas.
De este modo, la consulta planteada por el ministro presidente podría sentar un precedente histórico sin necesidad de que, por el momento, el Congreso de la Unión legisle para establecer en la ley qué ocurre en estos casos.