La gobernanza cultural

domingo, 29 de julio de 2018 · 10:44
CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- En septiembre de 2015 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó 17 objetivos básicos en materia de desarrollo sostenido (SDGs, por sus siglas en inglés) para la agenda internacional de 2030, que entraron en vigor en enero de 2016 pero que no son de carácter vinculante. A partir de ellos la UNESCO impulsó cuatro premisas básicas, articuladas a las SDGs, para la elaboración de cualquier política cultural: el desarrollo de sistemas sostenibles de gobernanza colaborativa orientados a propulsar la diversidad de expresiones culturales; la relativa a los medios de servicio público como productores, comanditarios, distribuidores, difusores y mediadores de contenidos de calidad, así como a los entornos digitales que han alterado sustancialmente las cadenas de valor cultural y sus implicaciones; la integración de la dimensión cultural en la perspectiva de un desarrollo sostenido y la libertad artística (Danielle Cliche y Yudhisnthir Raj Isar). El concepto sostenibilidad del desarrollo encuentra su origen en el libro Nuestro futuro común (Our common future), de la exprimera ministra noruega Gro Harlem Brundtland, que singulariza una época. A partir del planteamiento de este vademécum la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo elaboró el Informe Brundtland, cuya idea central se resume en el axioma de que el desarrollo sostenible debe satisfacer las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Y es la Conferencia de Río de Janeiro la que, mediante la adopción del Programa 21, propone planes específicos para lograr el desarrollo sostenible en tres variantes: el desarrollo económico, el social y el de medio ambiente. Las cadenas de valores culturales En este contexto, para la prospección de toda política cultural debe observarse la forma en que ésta repercute en la cadena de valores culturales, cuyos principales eslabones son la creación, la producción, la difusión, la distribución y la recreación.  Esta cadena, tradicionalmente de carácter lineal, ha sido perturbada en gran medida por la tecnología digital, que transfiguró ese carácter en radial; propia de nuestro tiempo, supone que la formulación de las políticas culturales debe adaptarse constantemente a las evoluciones y necesidades de la época, más aún por lo que respecta a su incidencia en los diferentes eslabones de la cadena de valores culturales (Octavio Kulesz). En efecto, uno de los desafíos de toda política pública es lograr que incida en los diferentes enlaces de la cadena de valor cultural enriqueciéndola con elementos cuantitativos y cualitativos, o bien que se adapte a los entornos digitales, los cuales se encuentran en perpetua evolución.  En la actual encrucijada mexicana lo relevante es el desarrollo de sistemas que permitan evaluar la forma en que la cultura contribuye a la realización de objetivos sociales y la eficacia de la política cultural; no debe soslayarse que existe un reclamo democrático que exige la construcción de indicadores que permita compararlos y contribuir a su seguimiento. Dentro de este esquema, la política cultural debe poner especial énfasis en su articulación con los SDGs, lo cual exige convertir la cultura en un elemento estratégico del desarrollo; algo que queda expresado en el aforismo de que la cultura debe entenderse para el desarrollo y en el desarrollo. La inserción de la política cultural en el desarrollo sostenible tiene que ser paradigmática y, con ello, garantizar la perennidad de resultados. La conclusión conlleva una obviedad: sin desarrollo cultural no es sostenible el desarrollo (Declaración de Hangzhou, mayo de 2013). La gobernanza cultural es determinante para la consecución de los SDGs y se clasifica en tres tipos: multiniveles, que involucra a los tres estamentos de la estructura federal mexicana y presupone la delimitación de responsabilidades, así como la articulación de mecanismos de cooperación previstos por la Ley General de Cultura y Derechos Culturales; transversal, que implica la irrigación de la cultura en toda la administración pública y comporta una opción política que debe estar asociada a la matriz de cambio y de transformación social afiliada al próximo gobierno, así como evitar denodadamente su subordinación a una política general con variables ajenas al ámbito cultural (Agenda 21 de la Cultura); y, finalmente, la gobernanza entre distintos actores –especialmente los grupos y comunidades culturales–, que entraña la organización de consultas, actividades participativas y estrategias de evaluación y seguimiento.  En esta perspectiva de gobernanza los intereses privados deben contrabalancearse con la política pública y encontrar un equilibrio entre innovación, acceso a la cultura y diversidad cultural (Eduard Miralles). La democracia participativa Procurar una mayor representatividad a través de procesos participativos continuos, regulares y estructurados debe ser un ejercicio democrático. En este orden debe considerarse que las políticas culturales pueden estar fundamentadas en un paradigma de democratización de la cultura, lo que significa que los agentes de la élite son quienes determinan qué cultura hacer, para quiénes, con qué medios y en qué sectores. Estas políticas culturales se distinguen claramente de las cimentadas en el paradigma de la democracia cultural o participativa, en el que se privilegian las expresiones culturales,  con especial interés en los procesos y no en los resultados, su énfasis reside en la reivindicación de la multiplicidad de culturas. La democracia cultural debe garantizar a los agentes culturales su participación en este ámbito mediante la creación de nuevas alternativas (José Ángel Valente y Luis Ben Andrés). Las industrias culturales y creativas están destinadas no solamente a la erradicación de la pobreza, sino a la innovación y creatividad a fin de proveer a los grupos y comunidades, en este caso mexicanos, de una plataforma a partir de la cual puedan desarrollar con plenitud sus derechos y libertades culturales. Para ello, el acento radica en la valorización de los productos culturales locales. En este esquema, la circulación de bienes y servicios de este tipo presupone un fortalecimiento de la infraestructura cultural, polivalente por naturaleza. La política pública enfrenta en este contexto desafíos complejos, como el hecho de valorar los productos culturales de la periferia en la misma forma en que lo hace con los del centro (Eduard Miralles).  El paradigma anterior está fatalmente vinculado al desarrollo social y comunitario. Más que de una política transversal, la emergencia de esta intercomunalidad requiere de una política de proximidad, que se traduce en una acción gubernamental adyacente. Uno de los temas actuales de reflexión consiste en analizar cómo puede favorecerse el comercio electrónico de bienes y servicios culturales y, simultáneamente, asegurar la diversidad cultural. Para ello las directrices operativas, en especial las relativas a las expresiones culturales dentro del entorno digital, son determinantes. Epílogo La estructura de la política pública cultural impulsada por la UNESCO se modela en gran medida con base en la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de 2005, de la que México es parte. Bajo estos parámetros, la política cultural debe significarse por una correlación entre su articulación y la obtención de resultados en materia de creación, producción, distribución y acceso a la cultura. Todo diseño de política cultural presupone un respeto irrestricto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, como la de expresión, información y de comunicación, que son indispensables para la creación y la observancia de la diversidad cultural. Los artículos 8D.1 de la Constitución capitalina y 12 de la Ley de Derechos Culturales para los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México son concluyentes: el arte y la ciencia son libres y, por lo tanto, refractarios a toda clase de censura. La libertad artística y científica implica por lo tanto el derecho de crear y de participar en la vida cultural, lo que encuentra su refugio en un enclave de libertades fundamentales indispensables, como son las de circulación y de asociación. La ejecución de toda política en la materia debe considerar la cadena de valores culturales y, por consiguiente, articularse para concretar los Objetivos de Desarrollo Sostenible; en este orden el dinamismo, la apertura, la participación y la representación de todos los estamentos sociales en la toma de decisiones es fundamental, ya que propugnan la introducción de la creatividad y de gobernanzas innovadoras, sustentadas a su vez en la gestión cultural y en el reconocimiento de muy diversos actores, grupos y comunidades que contribuyen a la diversidad de las expresiones en este ámbito. Una de las necesidades de la población es la creación y la transmisión del conocimiento, y desde luego, a ello deben destinarse las políticas culturales.  Como colofón, debe añadirse que la cultura se articula conforme a las siguientes premisas básicas: la cultura como un valor provisto de diferentes expresiones; el insumo de la creación y del mensaje, así como el de la pluralidad y el de la formación (Pau Rausell Köster).  Pero la cultura también es un derecho; por lo tanto, es una responsabilidad y, en la actual disyuntiva mexicana, una oportunidad.    *Doctor en derecho por la Universidad Panthéon-Assas. Este ensayo se publicó el 22 de julio de 2018 en la edición 2177 de la revista Proceso.

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